GUÍA DE E-COMMERCE
Vender Online con un Pasaporte Digital de Producto: Obligaciones de Marcas, Minoristas y Mercados en Línea
El Reglamento sobre el diseño ecológico de productos sostenibles (ESPR), Reglamento (UE) 2024/1781, considera la venta online un ámbito donde el Pasaporte Digital de Producto (DPP) debe ser accesible antes de la compra. Para cada grupo de productos, el acto delegado fija «la manera en que el pasaporte digital del producto debe ponerse a disposición de los clientes antes de que estén sujetos a un contrato de venta, alquiler o alquiler con derecho a compra, también en el caso de la venta a distancia» (artículo 9, apartado 2, letra e)). El ESPR asigna deberes distintos a la marca que introduce el producto en el mercado, al comerciante, al prestador de un mercado en línea y al prestador de servicios logísticos.
El ESPR ya asigna hoy a estos actores sus propios deberes legales — incluidos, para los mercados en línea, los deberes de los artículos 11 y 30 del Reglamento de Servicios Digitales que incorpora el artículo 35, apartado 1. Los deberes propios del DPP en los que se centra esta guía, en cambio, solo se aplican una vez que un acto delegado cubre el producto: para el acto delegado sobre textiles (prendas de vestir) no se ha fijado ninguna fecha de adopción; las páginas de la Comisión sobre el DPP recogen la adopción para el período del tercer al cuarto trimestre de 2027 (calendario del DPP) y para el cuarto trimestre de 2027 (página sobre prendas textiles), ambas marcadas como indicativas. Fuentes: textos jurídicos de la UE y páginas de la Comisión, enumeradas abajo.
art. 9(2)(e)
Exige que el pasaporte sea accesible antes de que el cliente quede vinculado por un contrato — incluida la venta a distancia.
4 partes obligadas
La marca, el comerciante, el mercado en línea y el prestador de servicios logísticos asumen deberes distintos del ESPR en la venta online.
Art. 11 y 30 DSA
Estos deberes del Reglamento de Servicios Digitales ya vinculan hoy a los mercados en línea, con independencia de cualquier acto delegado del DPP — el ESPR reproduce el mismo patrón.
1. Quién es quién en el ESPR
Un comerciante es una persona que «ofrece productos para venderlos, alquilarlos o alquilarlos con derecho a compra, o que los presenta, a usuarios finales en el transcurso de una actividad comercial, incluida la venta a distancia» (artículo 2, punto 55). El prestador de un mercado en línea es otro actor: «un prestador de un servicio intermediario que utiliza una interfaz en línea que permite a los clientes celebrar contratos a distancia con operadores económicos para la venta de productos regulados por actos delegados adoptados en virtud del artículo 4» (artículo 2, punto 54). Los comerciantes y los prestadores de servicios logísticos son operadores económicos (artículo 2, punto 46); los prestadores de mercados en línea tienen su propio artículo, el 35. Según el Reglamento (UE) 2019/1020, un prestador de servicios logísticos ofrece, «en el curso de su actividad comercial, al menos dos de los siguientes servicios: almacenar, embalar, dirigir y despachar, sin tener la propiedad de los productos en cuestión», con exclusión de los «servicios postales tal como se definen en el artículo 2, apartado 1, de la Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo», de los «servicios de paquetería» (definidos en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/644) y de «cualquier otro servicio postal o servicio de transporte de mercancías» (artículo 3, punto 11).
2. La marca: entregar el pasaporte a los vendedores
Los productos solo pueden introducirse en el mercado si hay un DPP disponible (artículo 9, apartado 1). El operador que introduce un producto en el mercado «proporcionará a los comerciantes y los prestadores de mercados en línea una copia digital del soporte de datos o del identificador único de producto, según proceda», para que lo pongan a disposición de clientes potenciales que no pueden acceder físicamente al producto. La copia digital o un enlace web se entrega «de forma gratuita con prontitud y, en cualquier caso, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la solicitud» (artículo 10, apartado 3).
3. El vendedor: comerciantes y tiendas online
Los comerciantes deben garantizar que «los clientes y los clientes potenciales puedan acceder fácilmente al pasaporte digital del producto, también en el caso de la venta a distancia» (artículo 31, apartado 2). El considerando 67 añade: «Los comerciantes deben cumplir esta obligación cada vez que se ofrezca el producto para la venta, el alquiler o el alquiler con derecho a compra».
Cuando un producto regulado por un acto delegado se ofrece a distancia, el artículo 36, apartado 1, exige a todo operador económico que garantice que la oferta «proporcione clara y visiblemente al menos la información siguiente»: el nombre del fabricante, su nombre comercial o su marca, con dirección postal y electrónica; si el fabricante no está establecido en la Unión, «el nombre, dirección postal y dirección de correo electrónico y número de teléfono del operador económico establecido en la Unión» (definido en el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/1020); e «información que permita identificar el producto, incluidos una imagen del producto, su tipo y cualquier otro identificador del producto». Según el artículo 36, apartado 2, los operadores deben además poder indicar sus proveedores y clientes, con cantidades y modelos exactos, durante 10 años (salvo disposición distinta del acto delegado) y facilitarlo «en un plazo de quince días a partir de la recepción de la solicitud por parte de la autoridad de vigilancia del mercado».
4. Mercados en línea
«A efectos del presente Reglamento», el artículo 35, apartado 1, aplica los artículos 11 y 30 del Reglamento (UE) 2022/2065, el Reglamento de Servicios Digitales (DSA). El artículo 11 exige un punto de contacto único para las autoridades. Según el artículo 30, una plataforma que permita a los consumidores celebrar contratos a distancia con comerciantes debe obtener, antes de que un comerciante la utilice, sus datos de contacto, identificación y pago y una autocertificación en la que se compromete a ofrecer solo productos conformes con el Derecho de la Unión.
Además, «los proveedores de mercados en línea cooperarán con las autoridades de vigilancia del mercado, a petición de estas y en casos específicos» para eliminar o mitigar el incumplimiento de un producto ofrecido en sus servicios (artículo 35, apartado 1). Los Estados miembros deben conferir a esas autoridades, para todo producto regulado por un acto delegado, «el poder para ordenar a un prestador de un mercado en línea que actúe contra uno o más elementos de contenido específicos relativos a un producto no conforme, incluida su retirada» (artículo 35, apartado 2); el considerando 72 dice que «dichos poderes deben aplicarse en todos los supuestos que sean necesarios y proporcionados, así como cuando los productos presenten un riesgo que no llegue a ser grave». Todos los prestadores de mercados en línea «establecerán un punto de contacto único a efectos de comunicación directa con las autoridades de vigilancia del mercado de los Estados miembros» (artículo 35, apartado 3). Los prestadores de servicios logísticos deben garantizar que «las condiciones existentes durante el almacenamiento, el embalaje, el direccionamiento o el despacho no supongan ningún riesgo para el cumplimiento de los productos con dicho acto delegado» (artículo 33).
5. Lo que dice la Comisión
Según las preguntas frecuentes de la Comisión sobre el DPP: «Los mercados en línea deberán hacer que el DPP sea fácilmente accesible en la página del producto» (pregunta 14), y, sobre su aplicación, que las sanciones las fijan los Estados miembros y, conforme al artículo 74 del ESPR, «deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias» — aplicándose «no solo a los fabricantes que incumplen sus obligaciones, sino también a otros operadores económicos o partes interesadas, como las plataformas en línea» (pregunta 32). Su página sobre prendas textiles: «El DPP será accesible tanto en los puntos de venta en línea como a través de un soporte de datos en el propio producto».
6. Quién debe hacer qué
| Actor | Obligación | Fuente |
|---|---|---|
| Operador que introduce el producto en el mercado | Dar a comerciantes y prestadores de mercados una copia digital del soporte de datos o del identificador, o un enlace, gratuitamente y en cinco días hábiles desde la solicitud | ESPR, art. 10, apartado 3 |
| Comerciante, incluida una tienda online | Garantizar el acceso fácil de clientes y clientes potenciales al pasaporte, también en la venta a distancia | ESPR, art. 31, apartado 2 |
| Prestador de un mercado en línea | Cooperar con las autoridades, atender órdenes de retirada, mantener un punto de contacto único; rigen los arts. 11 y 30 del DSA | ESPR, art. 35 |
| Prestador de servicios logísticos | Evitar que el almacenamiento, embalaje, direccionamiento y despacho comprometan el cumplimiento | ESPR, art. 33 |
7. Lectura conjunta de estas normas
El ESPR atribuye a los comerciantes el deber de mostrar el pasaporte (artículo 31, apartado 2) y da a los mercados en línea una copia digital del soporte de datos o del identificador «para que puedan ponerlos a disposición de los clientes potenciales» (artículo 10, apartado 3, letra a)). El artículo 35, el de los mercados en línea, enumera cooperación, órdenes de retirada y punto de contacto; no contiene deber propio de mostrar el pasaporte. Las preguntas frecuentes de la Comisión describen de otro modo un deber de mostrarlo para los mercados.
Una marca que vende en su propia tienda online ofrece productos a usuarios finales mediante venta a distancia, la definición de comerciante del ESPR (artículo 2, punto 55). Por tanto, se le aplican los deberes del vendedor de los artículos 31 y 36 además de los suyos como operador que introduce el producto en el mercado; el artículo 10, apartado 3, se dirige a vendedores terceros y mercados en línea.
Nada de esto se aplica aún a los textiles: los artículos citados afectan a productos regulados por un acto delegado. No se ha fijado ninguna fecha de adopción para el acto delegado sobre textiles (prendas de vestir). Las páginas de la Comisión sobre el DPP recogen la adopción para el período del tercer al cuarto trimestre de 2027 (calendario del DPP, junto con aluminio y neumáticos) y para el cuarto trimestre de 2027 (página sobre prendas textiles), ambas marcadas como indicativas. El artículo 4, apartado 4, dispone que la fecha de aplicación de un acto delegado no será anterior a dieciocho meses a partir de su entrada en vigor, «salvo en casos debidamente justificados»; para un acto adoptado en el segundo semestre de 2027, eso significa no antes de 2029 (nuestro cálculo, no una fecha publicada por la Comisión). Los textos revisados aún no precisan cómo debe mostrarse el pasaporte en el punto de venta más allá del artículo 36, apartado 1 (el artículo 9, apartado 2, letra e), lo remite al acto delegado), qué soporte de datos usarán los textiles ni cómo comprobará un mercado que una oferta lleva un pasaporte registrado.
Fuentes
- Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles (ESPR). Citados: artículos 2, puntos 46, 54 y 55; 4, apartado 4; 9, apartado 1; 9, apartado 2, letra e); 10, apartado 3; 31, apartado 2; 33; 35; 36, y 74. Considerandos 67 y 72.
- Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos, versión consolidada de 12 de agosto de 2026. Citados: artículos 3, punto 11, y 4, apartado 2.
- Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales). Citados: artículos 11 y 30, aplicados por el artículo 35, apartado 1, del ESPR.
- Comisión Europea, Pasaporte digital de producto (solo en inglés): calendario indicativo del DPP.
- Comisión Europea, Preguntas frecuentes sobre el pasaporte digital de producto (DPP) (solo en inglés): preguntas 14 y 32.
- Comisión Europea, Prendas textiles y el pasaporte digital de producto (DPP) (solo en inglés).
Todas las fuentes se consultaron el 25 de septiembre de 2026 y se volvieron a verificar en directo el 29 de septiembre de 2026 (la numeración de las preguntas de las FAQ de la Comisión había cambiado desde su primera publicación; las citas se han actualizado en consecuencia); las afirmaciones sobre el momento de adopción del acto delegado sobre textiles (prendas de vestir) se volvieron a comprobar el 13 de octubre de 2026 en las páginas de la Comisión sobre el DPP. Las páginas de la Comisión citadas solo están disponibles en inglés; las citas tomadas de ellas son traducción nuestra del original inglés.
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