GUÍA TÉCNICA

¿Qué Lleva el Código QR? Los Soportes de Datos del DPP y el Registro de la UE

Publicado 24.09.2026 · Tiempo de lectura ~4 min · por Lior Gabriel Graetz · LG Fashion Labs

La suposición más habitual sobre el Pasaporte Digital de Producto también es errónea: que el código QR de la prenda contiene los datos. No es así. Contiene un enlace. Qué se almacena realmente y dónde — en el producto, en su marca, o en la Comisión Europea — está definido con precisión en el propio texto del ESPR, y es menos centralizado de lo que la mayoría espera.

Esta guía recorre el soporte de datos, el Registro de la UE que entró en funcionamiento este verano, y las normas CEN-CENELEC que sustentan ambos — con fuentes directas de EUR-Lex y de CEN-CENELEC, verificadas en directo.

1. Qué hay realmente en el soporte

El ESPR define el «soporte de datos» de forma amplia: «un símbolo de un código de barras lineal, un símbolo bidimensional u otro medio de identificación y captura automática de datos que puede ser leído por un dispositivo» (artículo 2, punto 29). El código QR es el ejemplo obvio, pero la definición también cubre chips NFC, etiquetas RFID y otros formatos — la ley es neutral respecto a la tecnología del soporte.

Aquello a lo que se conecta el soporte es estrecho y concreto: un «identificador único y constante de producto» (artículo 10, apartado 1, letra a) — una cadena de caracteres que «facilita un enlace web al pasaporte digital del producto» (artículo 2, punto 30). Eso es todo. El soporte es un puntero, no una carga de datos. El artículo 10, apartado 1, letra b), exige que esté físicamente presente en el producto, su envase o la documentación que lo acompañe. El artículo 10, apartado 1, letra c), exige además que el soporte y los identificadores únicos cumplan las normas indicadas en el anexo III del ESPR, o normas europeas o internacionales equivalentes, hasta que las referencias de esas normas armonizadas se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Una obligación práctica que conviene conocer: si un producto se vende en línea y un comerciante o mercado en línea no puede escanearlo físicamente, el artículo 10, apartado 3, exige que la marca que introduce el producto en el mercado les facilite una copia digital del soporte o del identificador — de forma gratuita, en un plazo de cinco días hábiles desde la recepción de la solicitud.

2. Dónde viven realmente los datos

No en la UE. El artículo 11, letra c), del ESPR es explícito: el pasaporte digital del producto «será almacenado por el operador económico responsable de su creación o por prestadores de servicios de pasaporte digital de productos». CEN-CENELEC — el organismo de normalización que construye el marco técnico — describe el resultado como una «estructura híbrida»: ni una base de datos gubernamental centralizada, ni tampoco plenamente descentralizada, sino un reparto de responsabilidades entre la Comisión y prestadores de servicios externos, que suelen ser empresas privadas.

La marca (o su prestador de servicios) también asume una obligación de resiliencia: el artículo 10, apartado 4, exige que se ponga a disposición una copia de seguridad del pasaporte a través de un prestador de servicios de pasaporte digital de productos, y el artículo 11, letra e), exige que el pasaporte siga disponible durante el período especificado, incluso tras procedimientos de insolvencia o liquidación, o el cese de actividad del operador económico responsable de su creación.

3. Qué almacena realmente el Registro de la UE

El «registro» gestionado por la Comisión es real, y está operativo — pero almacena mucho menos de lo que sugiere la palabra. El artículo 13, apartado 1, exigía a la Comisión crearlo a más tardar el 19 de julio de 2026, almacenando «de manera segura ... al menos los identificadores únicos» del producto, su fabricante y su instalación de producción, además del código de mercancía de los productos destinados a incluirse en el régimen aduanero de «despacho a libre práctica», y de los identificadores únicos de las baterías a que se refiere el artículo 77, apartado 3, del Reglamento (UE) 2023/1542. Ese plazo se cumplió: el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778 de la Comisión, adoptado el 16 de julio de 2026, establece cómo funciona realmente el registro.

La Comisión puede exigir datos adicionales por grupo de productos (artículo 13, apartado 2) — pero solo cuando ayude a verificar la autenticidad de un pasaporte, respalde la vigilancia del mercado o los controles aduaneros, o evite una carga administrativa desproporcionada. El conjunto completo de datos del DPP no es lo que se almacena por defecto.

No es lo mismo

Registro vs. portal web vs. el propio pasaporte

El registro tampoco es específico de los textiles — el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778 cubre la misma infraestructura para las baterías (Reglamento (UE) 2023/1542, artículo 77), los productos de construcción (Reglamento (UE) 2024/3110, artículo 76), los juguetes (Reglamento (UE) 2025/2509, artículo 19) y los detergentes (Reglamento (UE) 2026/405, artículo 21), cada uno bajo su propia normativa de producto. Es infraestructura compartida, no un sistema exclusivo de la moda.

4. Las normas que lo hacen posible

El detalle técnico corresponde al Comité Técnico Conjunto 24 de CEN-CENELEC, «Pasaporte Digital de Producto – Marco y Sistema» (secretaría a cargo del organismo alemán DIN), que trabaja bajo el mandato de normalización de la UE M/604. Ha producido ocho normas EN: la EN 18216 (protocolos de intercambio de datos), la EN 18219 (identificadores únicos), la EN 18220 (soportes de datos), la EN 18221 (almacenamiento, archivo y persistencia de datos), la EN 18222 (API para la gestión del ciclo de vida y la búsqueda), la EN 18223 (interoperabilidad del sistema), la EN 18239 (gestión de derechos de acceso, seguridad y confidencialidad) y la EN 18246 (autenticación, fiabilidad e integridad de los datos) — entre ellas, la EN 18220:2026 «Pasaporte digital de producto – Soportes de datos», la que regula exactamente este tema.

Seis de las ocho, incluida la EN 18220, fueron citadas como normas armonizadas en el Diario Oficial el 15 de julio de 2026, mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1736 de la Comisión (adoptada el 14 de julio de 2026). Esa citación importa legalmente: el cumplimiento de una norma armonizada citada otorga una «presunción de conformidad» con los requisitos esenciales del ESPR — lo que significa que una marca que utilice correctamente la EN 18220 no tiene que demostrar por separado que su soporte cumple el artículo 10. Dos normas — la EN 18239, sobre la seguridad de los derechos de acceso, y la EN 18246, sobre la autenticación de datos — todavía no han sido citadas.

Lo que nada de esto fija todavía: qué tecnología de soporte concreta deberán usar los productos de moda. Ese detalle se establece por grupo de productos en cada acto delegado, y hasta ahora no se ha adoptado ningún acto delegado textil — así que, hoy por hoy, la EN 18220 indica cómo debe comportarse un soporte conforme, no cuál deberán llevar sus prendas.

AUDITORÍA DPP

¿Está su colección preparada para el DPP?

Evalúe una colección completa frente al LGFL DPP Data Framework. 10 dominios, cuatro categorías ESPR. Bajo NDA.

Iniciar su auditoría DPP

Preguntas frecuentes

¿Contiene el código QR de un Pasaporte Digital de Producto la totalidad de los datos del producto? +
No. Según el artículo 10, apartado 1, letra a), del ESPR, el soporte de datos solo se conecta a un «identificador único y constante de producto» — esencialmente un enlace. Los datos reales del producto se almacenan por separado y se alcanzan escaneando hasta llegar a ellos, no se leen directamente en el propio soporte.
¿Qué datos almacena realmente el Registro DPP de la Unión Europea? +
Por defecto, al menos los identificadores únicos del producto, su fabricante y su instalación de producción — no los datos completos del pasaporte. El artículo 13, apartado 1, exige ese «al menos»; la Comisión puede exigir datos adicionales por grupo de productos en virtud del artículo 13, apartado 2, pero el conjunto completo de datos del DPP permanece con el operador económico o con un prestador de servicios de pasaporte digital de productos.
¿Quién es responsable de alojar realmente los datos del DPP de un producto? +
El operador económico que introduce el producto en el mercado, o un prestador de servicios de pasaporte digital de productos que este autorice — no la Comisión Europea. El artículo 11, letra c), exige que el pasaporte «sea almacenado por el operador económico responsable de su creación o por prestadores de servicios de pasaporte digital de productos». El registro de la Comisión solo contiene identificadores, no el conjunto de datos en sí.
¿Qué norma técnica se aplica a los soportes de datos del DPP? +
La EN 18220:2026 «Pasaporte digital de producto — Soportes de datos», desarrollada por el Comité Técnico Conjunto 24 de CEN-CENELEC. Fue citada como norma armonizada en el Diario Oficial el 15 de julio de 2026 (Decisión de Ejecución (UE) 2026/1736 de la Comisión, adoptada el 14 de julio de 2026), lo que otorga a los productos que la usan correctamente una presunción de conformidad con los requisitos esenciales del ESPR. Todavía no se ha adoptado ningún acto delegado específico para los textiles, así que qué tecnología de soporte exacta deberán usar los productos de moda no está fijado.