GUÍA DE CIRCULARIDAD

Moda de segunda mano, reventa y reacondicionada: ¿se aplica el pasaporte digital del producto?

Publicado 26.09.2026 · Tiempo de lectura ~7 min · por Lior Gabriel Graetz · LG Fashion Labs

El Reglamento sobre el diseño ecológico de productos sostenibles (ESPR), Reglamento (UE) 2024/1781, dispone que «los productos solo puedan introducirse en el mercado o ponerse en servicio si existe un pasaporte digital del producto disponible» (artículo 9, apartado 1). También se dirige de forma expresa al sector de segunda mano: el considerando 17 señala que los productos de segunda mano originarios de la Unión «no son productos nuevos». Esta guía expone lo que dicen los textos jurídicos, las páginas de la Comisión y los estudios del JRC sobre la reventa, el reacondicionamiento y la remanufacturación, y en qué puntos no dicen nada.

Estas normas se aplican a los productos regulados por un acto delegado del ESPR. Para los textiles, el calendario indicativo de la Comisión prevé la adopción de ese acto en el tercer–cuarto trimestre de 2027. Fuentes: textos jurídicos de la UE, páginas de la Comisión y estudios del JRC, enumerados abajo.

1. Qué significa «introducción en el mercado»

El ESPR define la «introducción en el mercado» como «la primera comercialización de un producto en el mercado de la Unión» (artículo 2, punto 40). La «comercialización» es «todo suministro de un producto para su distribución, consumo o utilización en el mercado de la Unión en el transcurso de una actividad comercial, ya sea a cambio de pago o a título gratuito» (artículo 2, punto 39). Las preguntas frecuentes de la Comisión aplican la misma formulación al pasaporte: este «debe estar activo y registrado cuando un producto se introduce en el mercado de la UE, es decir, cuando se comercializa por primera vez en el mercado de la UE» (pregunta 11).

2. Qué dice el ESPR sobre los productos de segunda mano

El considerando 17 aborda la cuestión de forma directa: «Los productos de segunda mano, en particular los productos sometidos a reacondicionamiento o reparación, originarios de la Unión no son productos nuevos y pueden circular en el mercado interior sin necesidad de ser conformes con los actos delegados por los que se establezcan requisitos de diseño ecológico que hayan entrado en vigor tras su introducción en el mercado». Después, el considerando traza una línea en la remanufacturación: «los productos remanufacturados se consideran nuevos y estarán sujetos a los requisitos de diseño ecológico si entran en el ámbito de aplicación de un acto delegado».

3. Reacondicionamiento, remanufacturación y modificación

El ESPR define el «reacondicionamiento» como «las acciones llevadas a cabo para preparar, limpiar, probar, hacer mantenimiento y, en caso necesario, reparar un producto o un producto desechado para restablecer su rendimiento o funcionalidad dentro del uso previsto y el intervalo de rendimiento concebidos originalmente en la fase de diseño en el momento en que el producto sea introducido en el mercado» (artículo 2, punto 18). El término «remanufacturación» designa «las acciones mediante las cuales se produce un producto nuevo a partir de objetos que son residuos, productos o componentes y mediante las cuales se introduce al menos un cambio que afecta de forma sustancial a la seguridad, rendimiento, finalidad o tipo del producto» (artículo 2, punto 16).

En cuanto a la modificación, el artículo 34 dispone que los importadores o distribuidores «serán considerados fabricantes a efectos del presente Reglamento» cuando «modifiquen dicho producto ya introducido en el mercado de tal manera que afecte al cumplimiento de los requisitos establecidos en los actos delegados aplicables adoptados en virtud del artículo 4» (letra b)).

4. Revendedores, reacondicionadores y acceso al pasaporte

Un comerciante es una persona que «ofrece productos para venderlos, alquilarlos o alquilarlos con derecho a compra, o que los presenta, a usuarios finales en el transcurso de una actividad comercial, incluida la venta a distancia» (artículo 2, punto 55). Para los productos regulados por un acto delegado, los comerciantes deben garantizar que «los clientes y los clientes potenciales puedan acceder fácilmente al pasaporte digital del producto, también en el caso de la venta a distancia» (artículo 31, apartado 2).

Los reparadores y los reacondicionadores aparecen del lado del acceso al pasaporte. El artículo 11, letra b), dispone que «los reparadores profesionales, los operadores independientes, los reacondicionadores, los fabricantes de productos remanufacturados, los recicladores» y otros actores enumerados «tendrán acceso fácil y sin coste alguno al pasaporte digital del producto en función de sus derechos de acceso respectivos establecidos en el acto delegado aplicable adoptado en virtud del artículo 4». El acto delegado fija también «el período durante el cual el pasaporte digital del producto debe permanecer disponible, que se corresponderá al menos con la vida útil prevista de un producto específico» (artículo 9, apartado 2, letra i)).

5. Lo que dice la Comisión

La página de la Comisión sobre textiles señala que, según los requisitos finales del acto delegado, la información del DPP puede incluir «Información relevante para la reutilización, la reventa, el desmontaje, el reacondicionamiento y la eliminación al final de la vida útil y el reciclaje», y que los requisitos exactos «se definirán a través de los actos delegados pertinentes y las especificaciones técnicas de apoyo». Sobre quién queda cubierto, afirma: «Los requisitos del DPP se aplicarán principalmente a los operadores económicos que introduzcan en el mercado de la UE prendas textiles o las pongan en servicio en el territorio de la UE». Las preguntas frecuentes sobre el DPP describen, «si esos datos son exigidos por el acto delegado específico del producto», el acceso de los reparadores y reacondicionadores profesionales a elementos como «instrucciones detalladas de desmontaje» (pregunta 3).

La Guía azul sobre la aplicación de la normativa europea relativa a los productos, de 2022 (2022/C 247/01), de la Comisión, es una comunicación de carácter general anterior al ESPR y no lo menciona. Para la legislación de armonización de la Unión en general, indica: «La legislación de armonización de la Unión se aplica a los productos procedentes de terceros países cuando se comercializan por primera vez en el mercado de la Unión; no solo a los productos de fabricación reciente, sino también a los productos usados y de segunda mano, incluidos los productos derivados de la preparación para la reutilización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, pero no a aquellos productos que ya se encuentran en el mercado de la UE» (sección 2.5).

6. Lo que dice el JRC

El Centro Común de Investigación (JRC) publica, en la página de documentos sobre textiles de su Product Bureau, un estudio titulado Study on DPP content for textile apparel products under ESPR (González-Torres y Arcipowska, con fecha de 13 de mayo de 2026 según el listado). Es un informe de estudio externo elaborado para el JRC; señala que sus contenidos «no reflejan necesariamente la posición ni la opinión de la Comisión Europea», y el archivo publicado lleva una marca de agua DRAFT.

Sobre los distribuidores, el estudio dice: «Los distribuidores comercializan los productos una vez que el fabricante o el importador los ha introducido en el mercado. Su función consiste en verificar el acceso al DPP y la presencia de la información exigida por el acto delegado. Los vendedores de segunda mano pertenecen a esta categoría.» (sección 9.3.1, p. 70). Su caso de uso UC11 prevé que los fabricantes faciliten datos de producto a los vendedores de segunda mano a través del DPP, con el fin de «permitir a los revendedores acceder a datos de producto exhaustivos compartidos por el fabricante a través del DPP» (sección 6.1.3, p. 38), y la versión de ese caso de uso recogida en el anexo dice: «Los vendedores pueden actualizar el DPP para reflejar los cambios de propiedad o de estado a medida que se revenden los productos» (anexo 1, p. 88).

Para las prendas reconvertidas o remanufacturadas, el estudio describe la norma del Reglamento sobre baterías según la cual se exige un nuevo pasaporte vinculado al original cuando el producto transformado se introduce en el mercado, y añade: «Si se considera que el principio de gobernanza de este Reglamento ofrece un paralelismo útil para el contexto del ESPR, la responsabilidad del DPP se transferiría al operador que introduzca en el mercado esa prenda reconvertida o remanufacturada» (sección 9.3.1, p. 71). Remite a una fase posterior lo relativo a las prendas textiles personalizadas o de upcycling: esos aspectos «se abordarán en la evaluación de impacto que seguirá al estudio preparatorio en el proceso de elaboración de políticas» (sección 4.2, p. 23). También cita las operaciones de reparación o de reacondicionamiento y el cambio de propiedad como ejemplos de desencadenantes de actualización que los actos delegados pueden especificar (sección 2.1.4.3, p. 13).

Un segundo informe del JRC, Methodology for defining data requirements for the Digital Product Passport under the ESPR framework (JRC145830, 2026), lleva el mismo descargo de responsabilidad y contiene casos de uso genéricos en los que un reacondicionador recibe un producto usado o dañado y accede a su pasaporte, añadiendo al DPP un evento de reacondicionamiento, y en los que un consumidor en una tienda de segunda mano escanea el código QR de un producto para acceder a su DPP (tablas 28 y 29, pp. 83–84).

7. Lo que dicen los textos, según la situación

SituaciónLo que dice el texto del ESPRFuente
Producto de segunda mano o reacondicionado originario de la UniónNo es un producto nuevo; puede circular sin ser conforme con los actos delegados que hayan entrado en vigor tras su introducción en el mercadoESPR, considerando 17
Producto remanufacturadoSe considera un producto nuevo; queda sujeto a los requisitos de diseño ecológico si entra en el ámbito de aplicación de un acto delegadoESPR, considerando 17; art. 2, punto 16
Importador o distribuidor que modifica un producto ya introducido en el mercadoSe considera fabricante cuando la modificación afecta al cumplimiento de los actos delegados aplicablesESPR, art. 34, letra b)
Reacondicionador, fabricante de productos remanufacturados, reparador profesionalAcceso fácil y sin coste alguno al pasaporte, en función de los derechos de acceso establecidos en el acto delegadoESPR, art. 11, letra b)

8. Lectura conjunta de estas normas

El considerando 17 se refiere a «actos delegados por los que se establezcan requisitos de diseño ecológico». Un requisito de diseño ecológico es «un requisito de rendimiento o un requisito de información» (artículo 2, punto 7), y los requisitos de información deben incluir «como mínimo, requisitos relacionados con el pasaporte digital del producto» (artículo 7, apartado 2, letra a)), salvo que un acto delegado contenga requisitos horizontales de diseño ecológico. Leído en conjunto, una prenda originaria de la Unión que se introdujo por primera vez en el mercado antes de que entrara en vigor un acto delegado sobre textiles puede revenderse sin pasaporte con arreglo a ese acto. El considerando se refiere a los actos «que hayan entrado en vigor tras su introducción en el mercado»; no utiliza la fecha de aplicación, que según el artículo 4, apartado 4, es, por regla general, al menos 18 meses posterior a la entrada en vigor, y no aborda una prenda introducida por primera vez en el mercado después de que el acto se aplique.

Para una prenda introducida por primera vez en el mercado después de que el acto se aplique, el pasaporte existe desde esa primera introducción en el mercado (artículo 9, apartado 1) y permanece disponible al menos durante la vida útil prevista del producto (artículo 9, apartado 2, letra i)). Un revendedor comercial responde a la definición de comerciante (artículo 2, punto 55), y la definición de comercialización no se limita a los productos nuevos (artículo 2, punto 39). El considerando 17 trata de los actos que entraron en vigor después de la introducción en el mercado, no de las obligaciones que los artículos 30 y 31 imponen a distribuidores y comerciantes como vendedores. El texto del ESPR y las páginas de la Comisión que se han revisado no indican cómo se aplican esos artículos a las ventas de segunda mano de un producto que se introdujo en el mercado con pasaporte; el estudio del JRC recogido en la sección 6 sitúa a los vendedores de segunda mano entre los distribuidores, sin hablar en nombre de la Comisión.

Una prenda usada procedente de fuera de la Unión no queda cubierta por la redacción del considerando 17, que habla de productos «originarios de la Unión». Un importador es una persona que «introduce un producto de un tercer país en el mercado de la Unión» (artículo 2, punto 44), y la introducción en el mercado es la primera comercialización en el mercado de la Unión (artículo 2, punto 40). La Guía azul enuncia el mismo principio de primera entrada, pero no menciona el ESPR, y los textos del ESPR revisados no precisan cómo se trata una prenda usada procedente de un tercer país.

La página de la Comisión sobre textiles recoge «cuarto trimestre de 2027: adopción prevista del acto delegado del ESPR para los textiles» y su página sobre el DPP recoge el tercer–cuarto trimestre de 2027, con un período de transición «de al menos 18 meses» tras la adopción; el artículo 4, apartado 4, exige al menos 18 meses antes de que se aplique un acto delegado, «salvo en casos debidamente justificados»; con las fechas previstas, eso significa no antes de 2029 en el caso general. El texto del ESPR y las páginas de la Comisión que se han revisado aún no especifican qué contendrá el pasaporte textil sobre la reventa o el reacondicionamiento, ni quién lo actualizará tras un reacondicionamiento; el material del JRC de la sección 6 consiste en recomendaciones.

Fuentes

Todas las fuentes se consultaron el 26 de septiembre de 2026. Las páginas de la Comisión y los documentos del JRC citados solo están disponibles en inglés; las citas tomadas de ellos son traducción nuestra del original inglés.

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Preguntas frecuentes

¿Se aplica el pasaporte digital del producto a la ropa de segunda mano? +
El considerando 17 del ESPR establece que los productos de segunda mano originarios de la Unión no son productos nuevos y pueden circular en el mercado interior sin necesidad de ser conformes con los actos delegados por los que se establezcan requisitos de diseño ecológico que hayan entrado en vigor tras su introducción en el mercado. Los requisitos del pasaporte proceden de actos delegados, y las páginas de la Comisión indican el acto sobre textiles como previsto: su calendario indicativo fija su adopción en el tercer–cuarto trimestre de 2027.
¿Se trata como producto nuevo la ropa reacondicionada o reparada? +
Según el considerando 17, los productos de segunda mano, en particular los productos sometidos a reacondicionamiento o reparación, originarios de la Unión no son productos nuevos. Los productos remanufacturados se consideran nuevos y estarán sujetos a los requisitos de diseño ecológico si entran en el ámbito de aplicación de un acto delegado. El ESPR define por separado el reacondicionamiento (artículo 2, punto 18) y la remanufacturación (artículo 2, punto 16).
¿Cuándo pasa a ser fabricante quien modifica un producto? +
Con arreglo al artículo 34, los importadores o distribuidores se consideran fabricantes a efectos del ESPR cuando introducen en el mercado con su nombre o marca comercial un producto regulado por un acto delegado, o cuando modifican dicho producto ya introducido en el mercado de tal manera que afecte al cumplimiento de los requisitos establecidos en los actos delegados aplicables.
¿Pueden los reacondicionadores y los reparadores acceder al pasaporte de un producto? +
El artículo 11, letra b), enumera a los reparadores profesionales, los operadores independientes, los reacondicionadores y los fabricantes de productos remanufacturados entre los actores que deben tener acceso fácil y sin coste alguno al pasaporte digital del producto, en función de sus derechos de acceso respectivos establecidos en el acto delegado aplicable.