DPP × EMPCO
El Pasaporte Digital de Producto y EmpCo: Qué Dice Cada Texto
Antes de construir una estrategia de cumplimiento en torno a ello, conviene comprobar un dato: ni la base jurídica del Pasaporte Digital de Producto (el ESPR, Reglamento (UE) 2024/1781) ni EmpCo (Directiva (UE) 2024/825) nombra al otro. El texto íntegro de EmpCo no contiene ninguna de las expresiones «pasaporte digital del producto», «ESPR» ni «Reglamento (UE) 2024/1781», y el texto íntegro del ESPR no contiene ninguna de las expresiones «afirmación ecológica», «afirmación medioambiental», «2005/29» ni «2024/825». Tanto la Directiva sobre los derechos de los consumidores en su versión modificada por EmpCo como el ESPR contienen disposiciones sobre una puntuación de reparabilidad (sección 2).
Esta guía expone lo que dice cada texto. Fuentes: los textos del Diario Oficial de los instrumentos citados, dos documentos de la Comisión que declaran que no representan la posición oficial de la Comisión (el Q&A sobre EmpCo y las FAQ del DPP) y la página de la Comisión sobre el DPP (véase Fuentes).
Ninguno nombra al otro
Búsqueda realizada en el texto íntegro del Diario Oficial de cada acto; los términos buscados se enumeran en la sección 1.
Qué dicen los textos
La sección 3 expone la definición de comportamiento medioambiental excelente reconocido de EmpCo y lo que dicen el ESPR y las FAQ del DPP de la Comisión sobre los datos del DPP.
27 sep 2026
La fecha a partir de la cual los Estados miembros deben aplicar las disposiciones con las que den cumplimiento a EmpCo, incluidas las nuevas disposiciones de la Directiva sobre los derechos de los consumidores relativas a la puntuación de reparabilidad (artículo 4, apartado 1).
1. Ninguno de los dos textos nombra al otro
Comprobado mediante una búsqueda en los textos íntegros del Diario Oficial (consultados el 2 de octubre de 2026): el texto de EmpCo (Directiva (UE) 2024/825) no contiene ninguna mención a «pasaporte digital del producto», «ESPR» ni «Reglamento (UE) 2024/1781». El texto del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) no contiene ninguna mención a «afirmación ecológica», «afirmación medioambiental», «2005/29» (la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales que EmpCo modifica) ni «2024/825». EmpCo es de 28 de febrero de 2024 y el ESPR, de 13 de junio de 2024.
Ninguno de los dos textos nombra al otro, pero ambos contienen disposiciones sobre una puntuación de reparabilidad. La Directiva sobre los derechos de los consumidores (2011/83/UE), en su versión modificada por EmpCo, contiene la obligación de proporcionar la puntuación de reparabilidad cuando proceda (sección 2), y el artículo 7, apartado 2, letra b), inciso i), del ESPR, citado en la sección 2, hace referencia a una puntuación de reparabilidad entre la información con la que los requisitos de información establecidos en los actos delegados adoptados en virtud del artículo 4 (artículo 7, apartado 1) exigirán asimismo, en su caso, que vayan acompañados los productos. El ESPR sí menciona la Directiva 2011/83/UE, en el considerando 55 y en su definición de «producto de consumo no vendido» (artículo 2, punto 37).
2. La puntuación de reparabilidad en la Directiva sobre los derechos de los consumidores y en el ESPR
EmpCo modificó la Directiva sobre los derechos de los consumidores (DDC, Directiva 2011/83/UE) para insertar, entre otras cosas, la obligación de proporcionar la puntuación de reparabilidad: el artículo 5, apartado 1, letra i), en el artículo de la DDC sobre los requisitos de información de los contratos distintos de los contratos a distancia o los celebrados fuera del establecimiento, y el artículo 6, apartado 1, letra u), en su artículo sobre los requisitos de información de los contratos a distancia y los contratos celebrados fuera del establecimiento. Ambos dicen: «cuando proceda, la puntuación de reparabilidad de los bienes». El artículo 5, apartado 1, exige al comerciante que facilite la información enumerada «salvo que dicha información resulte evidente por el contexto». El artículo 2, punto 14 quinquies, de la DDC define «puntuación de reparabilidad» como «una puntuación que expresa la aptitud de un bien de ser reparado, basada en requisitos armonizados establecidos a nivel de la Unión». Cuando la letra i) o la letra u) no sea aplicable y el productor ponga la información a disposición del comerciante, los artículos 5, apartado 1, letra j), y 6, apartado 1, letra v), exigen información sobre la disponibilidad, el coste estimado y el procedimiento para pedir las piezas de recambio que sean necesarias para mantener la conformidad del bien, sobre la disponibilidad de instrucciones de reparación y mantenimiento y sobre las restricciones de reparación.
El documento de preguntas y respuestas (Q&A) de los servicios de la Comisión sobre EmpCo (pregunta 19) afirma: «Estos requisitos armonizados pueden establecerse en virtud de diversos posibles instrumentos jurídicos de la UE: el Reglamento marco de etiquetado energético de la UE (UE) 2017/1369, la Directiva sobre requisitos de diseño ecológico para los productos relacionados con la energía 2009/125/CE, o su sucesor, el Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles (UE) 2024/1781 (ESPR), que será aplicable a una gama más amplia de productos». El Q&A señala que contiene «las opiniones preliminares de los servicios de la Comisión Europea (CE)».
Según el mismo Q&A (pregunta 19), desde el 20 de junio de 2025 todos los teléfonos inteligentes y tabletas nuevos introducidos en el mercado de la UE deben mostrar una etiqueta energética que incluya una puntuación de reparabilidad, y esta es «la primera categoría de productos sujeta a esta obligación». La etiqueta energética de estos productos se establece en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1669 de la Comisión, que completa el Reglamento marco de etiquetado energético (UE) 2017/1369 en lo relativo a los teléfonos inteligentes y las tabletas pizarra; se aplica a partir del 20 de junio de 2025 (artículo 8), y su etiqueta incluye una clase de reparabilidad de la A (máxima reparabilidad) a la E (mínima reparabilidad). Los requisitos de diseño ecológico aplicables a los teléfonos inteligentes, los teléfonos móviles distintos de los teléfonos inteligentes, los teléfonos inalámbricos y las tabletas pizarra se establecen por separado en el Reglamento (UE) 2023/1670 de la Comisión, con arreglo a la Directiva 2009/125/CE. Con arreglo al artículo 7, apartado 2, del ESPR, los requisitos de información establecidos en los actos delegados adoptados en virtud del artículo 4 (artículo 7, apartado 1), «en su caso», exigirán asimismo que los productos vayan acompañados de «información sobre el rendimiento del producto en relación con uno o varios de los parámetros del producto contemplados en el anexo I, incluida una puntuación de la reparabilidad o durabilidad, la huella de carbono o la huella medioambiental» (artículo 7, apartado 2, letra b), inciso i)). El anexo III, letra a), del ESPR enumera, entre los elementos a partir de los cuales los actos delegados especifican los datos que deben o pueden incluirse en el pasaporte digital del producto, «la información requerida en el artículo 7, apartado 2, letra b), y en el artículo 7, apartado 5, o en otras disposiciones de Derecho de la Unión aplicables al grupo de productos correspondiente». A fecha de 2 de octubre de 2026, la página de la Comisión sobre el DPP recoge «Adopción de los actos delegados del ESPR para textiles, aluminio y neumáticos» bajo «Q3–Q4 2027», en un calendario que describe como «indicativo».
3. Comportamiento medioambiental, datos del DPP y la definición de EmpCo
El anexo I, punto 4 bis, de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales, insertado por EmpCo, contempla: «[r]ealizar una afirmación medioambiental genérica para la que el comerciante no pueda demostrar un comportamiento medioambiental excelente reconocido relevante para la afirmación.» El considerando 9 enumera «amigo del medio ambiente», «verde» y «respetuoso con el clima» entre sus ejemplos de afirmaciones medioambientales genéricas. El artículo 2, letra s), de la Directiva 2005/29/CE (letra insertada por EmpCo) define «comportamiento medioambiental excelente reconocido» como «un comportamiento medioambiental que cumpla con el Reglamento (CE) n.º 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo o con los sistemas nacionales o regionales de etiquetado ecológico EN ISO 14024 de tipo I reconocidos oficialmente por los Estados miembros, o un comportamiento medioambiental que suponga el nivel más alto de comportamiento medioambiental de conformidad con otras disposiciones aplicables del Derecho de la Unión». El considerando 10 da «una clase A de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/1369» como ejemplo de comportamiento medioambiental excelente reconocido que puede demostrarse «en el caso de una característica medioambiental específica, ajustándose al rendimiento medioambiental de conformidad con otros actos jurídicos aplicables de la Unión».
El artículo 9, apartado 1, del ESPR dispone que los requisitos de información «dispondrán que los productos solo puedan introducirse en el mercado o ponerse en servicio si existe un pasaporte digital del producto disponible de conformidad con los actos delegados aplicables adoptados en virtud de los artículos 4, 10 y 11», y que «[l]os datos que figuren en el pasaporte digital del producto serán exactos y completos y estarán actualizados.» El anexo III, último párrafo, dispone que los actos delegados «determinarán la información pertinente para los requisitos de diseño ecológico que los fabricantes podrán incluir en el pasaporte digital del producto digital, además de otra información requerida conforme a lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2, letra a), como, por ejemplo, información sobre las etiquetas voluntarias específicas aplicables al producto», y que «se indicará si se ha concedido una etiqueta ecológica de la UE al producto de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 66/2010».
Lo que los textos dicen y no dicen
Los datos del DPP y la definición de EmpCo
- Ninguna referencia al DPP en el artículo 2, letra s), de la Directiva 2005/29/CE. El artículo 2, letra s), enumera tres supuestos: el cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 66/2010, el cumplimiento de los sistemas nacionales o regionales de etiquetado ecológico EN ISO 14024 de tipo I reconocidos oficialmente, o «un comportamiento medioambiental que suponga el nivel más alto de comportamiento medioambiental de conformidad con otras disposiciones aplicables del Derecho de la Unión». El ESPR no contiene ninguna de las expresiones «comportamiento medioambiental excelente» ni «nivel más alto de comportamiento medioambiental», y EmpCo no menciona el DPP. Ninguno de los dos textos aborda si la información de un pasaporte digital del producto puede utilizarse para demostrar un comportamiento medioambiental excelente reconocido.
- Las FAQ del DPP de la Comisión sobre certificación y control del cumplimiento. El documento de FAQ (versión 1.0) afirma: «Actualmente no existe ningún requisito universal de certificación o evaluación de la conformidad por terceros de la información del DPP. No obstante, en los próximos años, la Comisión tiene previsto proponer requisitos específicos para grupos de productos sobre la base del plan de trabajo del ESPR, que podrían exigir, en determinados casos, una certificación acreditada por terceros para puntos de datos específicos, si el estudio en profundidad y la evaluación de impacto lo consideran necesario.» (pregunta 25) Sobre la calidad de la información y el control del cumplimiento, afirma: «Los requisitos de información ya están establecidos en el actual Reglamento sobre diseño ecológico y en la legislación sobre etiquetado energético, y son aplicados por las autoridades de vigilancia del mercado de los distintos Estados miembros.» (pregunta 24) El documento también afirma que «no debe considerarse representativo de la posición oficial de la Comisión Europea» y que sus opiniones «no tienen carácter autorizado».
Las FAQ del DPP de la Comisión (pregunta 9) indican que la transparencia del DPP «genera confianza en los consumidores y refuerza la reputación de marca al respaldar las afirmaciones ecológicas con datos claros y accesibles». El documento no menciona EmpCo.
4. Qué significa esto para su marca
Según nuestra lectura, los dos instrumentos contienen obligaciones distintas: con arreglo al artículo 9, apartado 1, del ESPR, el requisito de pasaporte se aplica a través de los actos delegados aplicables, y las normas de EmpCo se aplican mediante las disposiciones nacionales de los Estados miembros a partir del 27 de septiembre de 2026. En una afirmación medioambiental, importa la especificación: el artículo 2, letra p), de la Directiva 2005/29/CE (letra insertada por EmpCo) define la «afirmación medioambiental genérica» como «toda afirmación medioambiental, hecha por escrito u oralmente, también en medios audiovisuales, que no esté incluida en un distintivo de sostenibilidad, y que no venga especificada en términos claros y visibles en el mismo soporte». El considerando 9 da como ejemplo de afirmación genérica «envase respetuoso con el clima» y, como ejemplo de afirmación específica, «el 100 % de la energía utilizada para producir estos envases procede de fuentes renovables», a la que «no se aplicaría esta prohibición, sin perjuicio de otras disposiciones de la Directiva 2005/29/CE que sigan siendo aplicables a esas afirmaciones específicas». El anexo I, punto 4 ter, contempla «[r]ealizar una afirmación medioambiental sobre la totalidad del producto o sobre toda la empresa del comerciante cuando solo se refiera a un determinado aspecto del producto o a una actividad específica de la empresa del comerciante» (el considerando 11 da un ejemplo).
Esté atento al acto delegado del ESPR para su categoría de producto. Con arreglo al artículo 7, apartado 2, letra b), inciso i), del ESPR, los requisitos de información establecidos en los actos delegados adoptados en virtud del artículo 4 (artículo 7, apartado 1), «en su caso», exigirán asimismo que los productos vayan acompañados de «información sobre el rendimiento del producto en relación con uno o varios de los parámetros del producto contemplados en el anexo I, incluida una puntuación de la reparabilidad o durabilidad, la huella de carbono o la huella medioambiental». La obligación de la DDC se refiere a «la puntuación de reparabilidad de los bienes» cuando proceda; cuando no sea aplicable y el productor ponga la información a disposición del comerciante, los artículos 5, apartado 1, letra j), y 6, apartado 1, letra v), de la DDC exigen información sobre las piezas de recambio y la reparación (sección 2).
AUDITORÍA DPP
¿Está su colección preparada para el DPP?
Evalúe una colección completa frente al LGFL DPP Data Framework. 10 dominios, cuatro categorías ESPR. Bajo NDA.
Iniciar su auditoría DPPPreguntas frecuentes
¿Qué es la puntuación de reparabilidad, y dónde se refieren a ella la DDC y el ESPR?
¿Tener un Pasaporte Digital de Producto satisface automáticamente las normas de EmpCo sobre alegaciones ecológicas?
¿Exige EmpCo legalmente un Pasaporte Digital de Producto?
¿Qué productos ya tienen una puntuación de reparabilidad obligatoria?
Fuentes
- Directiva EmpCo — texto íntegroDirectiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, por la que se modifican las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE en lo que respecta al empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica mediante una mejor protección contra las prácticas desleales y mediante una mejor información. Considerandos 9 a 11 (afirmaciones medioambientales genéricas, ejemplos; punto 4 ter); artículo 1, punto 1, letra b) (artículo 2 de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales, letras p) afirmación medioambiental genérica, q) distintivo de sostenibilidad y s) comportamiento medioambiental excelente reconocido); artículo 1, punto 4, y el anexo (anexo I de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales, puntos 4 bis y 4 ter); artículo 2 (artículo 2, punto 14 quinquies, artículos 5, apartado 1, letras i) y j), y 6, apartado 1, letras u) y v), de la Directiva sobre los derechos de los consumidores, puntuación de reparabilidad); artículo 4 (aplicación a partir del 27 de septiembre de 2026). CELEX 32024L0825 ↗
- ESPR — DPP y requisitos de informaciónReglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, artículo 7, apartado 2, letra b), inciso i) (requisitos de información, puntuación de reparabilidad), artículo 9, apartado 1 (los datos del pasaporte digital del producto «serán exactos y completos y estarán actualizados»), capítulo III (pasaporte digital del producto), anexo III, letra a), y anexo III, último párrafo (etiquetas voluntarias, etiqueta ecológica de la UE); considerando 55 y artículo 2, punto 37 (mención de la Directiva 2011/83/UE). CELEX 32024R1781 ↗
- Etiqueta energética y reglamentos de diseño ecológico de smartphones/tabletsReglamento Delegado (UE) 2023/1669 de la Comisión, de 16 de junio de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 (Reglamento marco de etiquetado energético) en lo que respecta al etiquetado energético de los teléfonos inteligentes y las tabletas pizarra, aplicable a partir del 20 de junio de 2025; Reglamento (UE) 2023/1670 de la Comisión, de 16 de junio de 2023, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a los teléfonos inteligentes, los teléfonos móviles distintos de los teléfonos inteligentes, los teléfonos inalámbricos y las tabletas pizarra con arreglo a la Directiva 2009/125/CE (Directiva sobre diseño ecológico). CELEX 32023R1669 ↗ · CELEX 32023R1670 ↗
- Comisión Europea — FAQ del DPPComisión Europea, Dirección General de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes, Dirección G — Unidad G2, «Digital Product Passport: Frequently Asked Questions (FAQ)», versión 1.0, «manuscrito finalizado en febrero de 2026», pregunta 9 (beneficios para la industria), pregunta 24 (calidad de la información y control del cumplimiento) y pregunta 25 (certificación por terceros). El documento indica que «no debe considerarse representativo de la posición oficial de la Comisión Europea». single-market-economy.ec.europa.eu ↗
- Comisión Europea — Q&A sobre la Directiva (UE) 2024/825Comisión Europea, Dirección General de Justicia y Consumidores, «Questions & Answers» sobre la Directiva (UE) 2024/825, Bruselas, septiembre de 2026, pregunta 19 (puntuación de reparabilidad). El documento indica que contiene «las opiniones preliminares de los servicios de la Comisión Europea (CE)». commission.europa.eu ↗
- Directiva sobre los derechos de los consumidoresDirectiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, artículo 2, punto 14 quinquies, y artículos 5, apartado 1, y 6, apartado 1, en su versión modificada por la Directiva (UE) 2024/825. CELEX 32011L0083 ↗
- Comisión Europea — página del DPPComisión Europea, «Digital Product Passport» (single-market-economy.ec.europa.eu), calendario de actos delegados descrito como «indicativo», y la indicación de que los requisitos del DPP también pueden establecerse a través de «legislación de la UE separada y autónoma (como el Reglamento sobre pilas y baterías …)», consultado el 2 de octubre de 2026. single-market-economy.ec.europa.eu ↗
Fuentes consultadas: los textos del Diario Oficial enumerados más arriba, las FAQ del DPP de la Comisión, el Q&A de los servicios de la Comisión sobre la Directiva (UE) 2024/825 y la página de la Comisión sobre el DPP; última comprobación el 3 de octubre de 2026. Las FAQ del DPP de la Comisión y el Q&A de los servicios de la Comisión declaran, cada uno, que no representan la posición oficial de la Comisión. Esto es información general, no asesoramiento jurídico, financiero ni de inversión. Las citas de documentos en inglés son traducciones propias de este sitio de los originales en inglés.