GUÍA DE CUMPLIMIENTO PYME

¿Se aplica el pasaporte digital de producto de la UE a las pequeñas marcas de moda?

Publicado 24.09.2026 · Tiempo de lectura ~4 min · por Lior Gabriel Graetz · LG Fashion Labs

Sí — el pasaporte digital de producto de la UE se aplica a las marcas de moda pequeñas y medianas, sin ninguna exención por tamaño de empresa. Esto es inequívoco, confirmado directamente por las propias preguntas frecuentes sobre el DPP de la Comisión Europea y por el propio Reglamento sobre el diseño ecológico para productos sostenibles (ESPR, Reglamento (UE) 2024/1781).

Pero esa no es toda la historia. En otras partes del mismo reglamento, el tamaño de la marca sí cambia genuinamente qué se aplica y cuándo — y la UE ha asumido un compromiso vinculante, aunque todavía no definido en detalle, de apoyo dedicado a las empresas más pequeñas. Esta guía separa ambos aspectos, basándose únicamente en lo que dice el reglamento y las propias preguntas frecuentes publicadas por la Comisión.

Sin exención

La obligación del DPP se aplica a las marcas de moda pequeñas y medianas, sin ninguna exención por tamaño de empresa.

Art. 22(3)

Un compromiso vinculante de la UE de apoyo dedicado a las empresas más pequeñas — vinculado a la propia adopción del acto delegado para textiles, no disponible antes de esta.

El tamaño sí importa

En otras partes del ESPR, el tamaño de la marca sí cambia genuinamente qué se aplica y cuándo.

1. ¿Qué se considera una pyme según las normas de la UE?

El ESPR no inventa sus propias categorías de tamaño. El artículo 2 del reglamento define «pymes», «pequeñas empresas» y «microempresas» por referencia directa a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión. El número de empleados es siempre obligatorio; solo el criterio financiero es alternativo (uno u otro):

CategoríaEmpleados (siempre obligatorio)Volumen de negocio o balance (uno de los dos)
MicroempresaMenos de 102 millones € o menos
Pequeña empresaMenos de 5010 millones € o menos
Mediana empresaMenos de 25050 millones € de volumen de negocio o menos, o 43 millones € de balance o menos

Un sello de cinco personas que factura 800.000 € al año es una microempresa. Una marca contemporánea de 120 personas con 30 millones € de facturación es mediana. Ambas están dentro del paraguas «pyme» al que se refiere esta guía en todo momento — la categoría pyme en su conjunto no es más que microempresas, pequeñas y medianas empresas combinadas.

La propiedad también cuenta, y es aquí donde muchas marcas se llevan una sorpresa. La Recomendación exige que una «empresa asociada» — otra empresa que posea el 25% o más de la suya, o viceversa — se incorpore de forma proporcional a su participación, y que una «empresa vinculada» — con una participación de control en cualquiera de los dos sentidos — se sume al 100%. Un organismo público que posea el 25% o más elimina por completo la condición de pyme, salvo en los casos previstos en el artículo 3, apartado 2, párrafo segundo, de la Recomendación. El personal se contabiliza en unidades de trabajo anual (UTA), y una categoría de tamaño solo cambia una vez que los nuevos umbrales se superan, o se dejan de superar, durante dos ejercicios consecutivos. En la práctica: un sello de cinco personas que cumple sobradamente todas las cifras anteriores con sus propias cuentas puede aun así no superar la prueba en el momento en que un grupo más grande adquiera una participación de control, porque, según las normas de agregación de la Recomendación, se computan entonces también la plantilla y el volumen de negocio de la matriz, y no solo las cifras propias del sello.

También conviene precisar a qué «pyme» se refiere, porque esta es la definición propia del ESPR, no una definición universal. El Reglamento de la UE contra la deforestación (EUDR) — que ya no cubre el cuero desde septiembre de 2026 — y la Directiva sobre la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD) definen el tamaño, en cambio, por referencia al artículo 3 de la Directiva contable (2013/34/UE): una prueba distinta, la de no rebasar los límites de «por lo menos dos de los tres criterios siguientes», con sus propios umbrales, más bajos — allí, una microempresa está limitada a 900.000 € de volumen de negocio, no a 2 millones. La misma marca puede ser una pequeña empresa según el ESPR y encontrarse en una categoría distinta según el EUDR. Cuando esté en juego una obligación concreta, conviene comprobar qué definición utiliza realmente esa normativa.

2. ¿Tiene el DPP en sí una exención para pequeñas empresas?

No. Las propias preguntas frecuentes de la Comisión sobre el DPP enumeran exactamente dos categorías de exención del marco DPP: los productos que el Reglamento de diseño ecológico no cubre en absoluto — alimentos y piensos, medicamentos, plantas, animales y microorganismos vivos, productos de origen humano — y los casos en los que otra normativa de la UE ya gestiona un sistema de información digital equivalente. El tamaño de la empresa no figura en esa lista.

Las mismas preguntas frecuentes lo dicen sin rodeos en otro punto: las pequeñas y medianas empresas pueden necesitar actualizaciones tecnológicas y formación para cumplir los requisitos — un obstáculo que superar, no un motivo para quedar exentas de él. Un taller de una sola persona y un grupo cotizado en bolsa afrontan la misma obligación de datos DPP en cuanto se aplique el acto delegado para textiles.

3. Dónde sí importa el tamaño: la prohibición de destruir excedentes sin vender

El tamaño sí resulta genuinamente decisivo en otras partes del ESPR — solo que no para el DPP. El artículo 25 prohíbe destruir prendas y complementos de vestir y calzado no vendidos (anexo VII) y el artículo 24 exige divulgar todos los productos de consumo no vendidos que se desechen, prendas de vestir y calzado incluidos, y aquí la UE sí ha incorporado un alivio real basado en el tamaño:

Obligación relacionada pero distinta — no es el DPP

Artículos 24–25 del ESPR: productos de consumo sin vender

El artículo 25, apartado 5, permite a la Comisión ampliar más adelante, mediante acto delegado, la prohibición de destrucción y el deber de divulgación del artículo 24 a las microempresas y pequeñas empresas si existen pruebas suficientes de que esas empresas pueden ser utilizadas para eludir alguna de las dos obligaciones.

Esa línea dedicada a las grandes empresas no es un plazo futuro: la prohibición de destrucción se aplica a las grandes empresas desde el 19 de julio de 2026 y el deber de divulgación ya se les aplica (la primera divulgación se refiere al primer ejercicio completo en el que el ESPR esté en vigor) — la exención de la que hoy disfrutan las microempresas y pequeñas empresas es, por tanto, un alivio frente a normas que ya están en vigor para sus competidores más grandes, no frente a algo que todavía está a años vista.

Es la prueba de que la UE sí construye alivios escalonados por tamaño cuando lo decide — simplemente no lo ha hecho, hasta ahora, para la propia obligación de datos del DPP.

4. ¿Qué ha prometido realmente la UE a las pymes?

El artículo 22 del ESPR contiene dos compromisos vinculados a los actos delegados, ambos reales, ninguno activado todavía:

Por parte de la Comisión Europea: al adoptar el acto delegado de cada producto, debe, «en su caso», acompañarlo de herramientas digitales y orientaciones diseñadas específicamente para pymes y microempresas.

Por parte de su Estado miembro: cada país de la UE debe garantizar, como mínimo, la disponibilidad de ventanillas únicas o mecanismos similares para ayudar a las pymes a adaptarse, y puede añadir apoyo adicional — ventajas fiscales, acceso a financiación, formación especializada, asistencia técnica — dentro de las normas de ayudas de Estado.

Ninguno de los dos existe todavía para el textil, porque el acto delegado para textiles todavía no existe. Según el artículo 22, el apoyo está vinculado a la adopción del acto — un compromiso legal en principio, no algo disponible con antelación.

5. Qué significa esto para su marca

Hoy no existe ninguna exención, y nada en el ESPR ni en la orientación de la propia Comisión apunta a que se esté planeando una — así que no es una suposición segura sobre la que construir un calendario. Empiece a estructurar los datos de su producto ahora, con independencia del tamaño. Pero cuente con que las herramientas digitales de la Comisión, la orientación específica para pymes y las ventanillas únicas o mecanismos similares en su Estado miembro responden a compromisos que el artículo 22 impone a la Comisión (en el caso de las herramientas digitales y la orientación, solo «en su caso») y a los Estados miembros, vinculados al acto delegado para textiles y no a un apoyo disponible con antelación — y siga de cerca a su propio punto de contacto nacional, ya que una parte significativa del apoyo prometido se presta a nivel de Estado miembro, no de forma centralizada.

AUDITORÍA DPP

¿Está su colección preparada para el DPP?

Evalúe una colección completa frente al LGFL DPP Data Framework. 10 dominios, cuatro categorías ESPR. Bajo NDA.

Iniciar su auditoría DPP

Preguntas frecuentes

¿Existe una exención pyme para el pasaporte digital de producto de la UE? +
No. Las preguntas frecuentes de la Comisión sobre el DPP enumeran solo dos categorías de exención — productos fuera del ámbito del Reglamento de diseño ecológico, y productos ya cubiertos por un sistema digital equivalente de la UE — y el tamaño de la empresa no es una de ellas. Las marcas pequeñas y las grandes afrontan la misma obligación DPP.
¿Qué categoría de tamaño de la UE corresponde a mi marca de moda? +
Según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión (adoptada por el artículo 2 del ESPR): micro = menos de 10 empleados, 2 millones € de volumen de negocio o balance o menos. Pequeña = menos de 50 empleados, 10 millones € o menos. Mediana = menos de 250 empleados, 50 millones € de volumen de negocio o 43 millones € de balance o menos. El número de empleados es siempre obligatorio; solo el criterio financiero es alternativo — y la propiedad también importa, ya que una participación del 25% o más de otra empresa puede obligar a incorporar las cifras de esa empresa. Esta es la definición propia del ESPR; otras normativas de la UE, como el Reglamento de la UE contra la deforestación, utilizan una definición distinta (basada en la Directiva contable).
¿Se aplica la prohibición de destruir excedentes sin vender de la UE a las pequeñas marcas de moda? +
No — y esta es una obligación independiente del DPP en sí. Las microempresas y pequeñas empresas están exentas hoy de la prohibición de destrucción y del deber de divulgación del ESPR (artículos 24–25), si bien la Comisión puede ampliar ambas obligaciones a estas empresas mediante acto delegado cuando existan pruebas suficientes de que pueden utilizarse para eludirlas (artículo 25, apartado 5). Las medianas empresas quedan cubiertas desde el 19 de julio de 2030. Para las grandes empresas, la prohibición de destrucción se aplica desde el 19 de julio de 2026 y el deber de divulgación ya se aplica. Una salvedad más: según el artículo 25, apartado 2, un operador que no esté sujeto a la prohibición no debe destruir productos de consumo no vendidos que se le suministren con el fin de eludirla.
¿Qué apoyo para pymes ha comprometido realmente la UE en relación con el DPP? +
El artículo 22 del ESPR obliga a la Comisión a acompañar cada acto delegado, «en su caso», de herramientas digitales y orientación específica para pymes, y obliga a cada Estado miembro a garantizar, como mínimo, la disponibilidad de ventanillas únicas o mecanismos similares para ayudar a las pymes a adaptarse. Es un compromiso legal — pero vinculado a la adopción del acto delegado para textiles, no disponible antes de esta.

Fuentes

Todas las fuentes se consultaron y verificaron directamente en EUR-Lex y en las FAQ publicadas por la Comisión Europea el 29.09.2026. Esto es información general, no asesoramiento jurídico.